Cuándo es obligatorio
Al vender o alquilar un edificio o una parte de él (una nave, un local, una oficina), en los edificios nuevos, en las reformas que renuevan las instalaciones térmicas o tocan más del 25 % de la envolvente, en los edificios de más de 500 m² abiertos al público (comercio, restauración, sanitario, docente, deportivo…) y en los que tienen que pasar la Inspección Técnica del Edificio.
¿Una nave industrial necesita certificado energético?
El reglamento deja fuera los edificios industriales y agrícolas no residenciales, o sus partes, de baja demanda energética. Una nave de almacén sin climatizar suele quedar fuera; las oficinas, la tienda o la zona climatizada de esa misma nave, no. Lo comprobamos antes de hacerte un certificado que a lo mejor no necesitas.
Validez, registro y etiqueta
Dura diez años, o cinco si la calificación es G. Solo es válido si está inscrito en el registro de la Comunidad Autónoma: en la Región de Murcia, con el procedimiento 411 de la sede electrónica de la CARM, el archivo XML del cálculo y la tasa. La etiqueta tiene que aparecer en cualquier anuncio de venta o alquiler.
El reglamento obliga a visitar el inmueble: no se hace a distancia ni con fotos. Vamos a donde esté el inmueble. Si además vas a mejorar la nota, te decimos qué medida sube más letras por euro: placas solares, aislamiento o climatización.